DINARA recuerda que está prohibido acercarse a ballenas.
No se pueden acercar a menos de 300 metros a estos animales.
Se recuerda a la población la vigencia de la Ley Nº 19.128 de 27 de setiembre de 2013 y de los Decretos Nº 261/002 de 10 de julio de 2002 y Nº 238/998 de 2 de setiembre de 1998 relativos a las medidas de protección y conservación de los mamíferos marinos en Uruguay.
En el caso específico de las ballenas, se prohíbe toda actividad que implique disturbio, ahuyentamiento o molestia, así como cualquier acción que altere, destruya, dañe o contamine aquellas áreas naturales de desplazamiento, nado, descanso, reproducción, cría o asentamiento poblacional de estos animales.Salvo que exista autorización expresa, queda prohibido todo acercamiento a menos de 300 metros de estos ejemplares, independientemente del medio utilizado (sea marítimo o aéreo)y del motivo expresado.
Las infracciones cometidas serán sancionadas conforme a lo establecido por la Normativa vigentes.
Rochaaldìa.

Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario