
Cuatro personas condenadas por vínculos con la faena y comercialización de carne vacuna
Abigeato
Se resolvió en una audiencia realizada en los últimos días, que dos hombres y dos mujeres sindicados como responsables de faenar y comercializar ilegalmente carne de vacuna en balneario La Coronilla, cumplan varios meses de prisión en suspenso por no tener antecedentes y también se ordenó que dicha libertad esté sujeta a determinadas condiciones . Los acusados se hicieron cargo de los delitos que se le imputaron en un juicio abreviado. Los ahora condenados están implicados en el robo de cinco vacunos, dos de los animales fueron ubicados en un campo lindero, y del trabajo policial se pudo establecer que los tres restantes habrían sido faenados para su comercialización, y fueron avaluados por el denunciante en mil trecientos dólares americanos.
El Caso.
El 26 de enero, en horas de la tarde, un hacendado que posee un campo en zona del denominado camino Las Salinas, jurisdicción de La Coronilla, constató el faltante de cinco vacunos de aproximadamente un año. Continuando con las actuaciones, personal policial logró ubicar, como señalaramos anteriormente los vacunos en un campo de la zona, así como establecer la identidad del presunto autor del ilícito, y de varias personas vinculadas con la faena y venta de carne clandestina en zona balnearia.
En inspecciones realizadas en varias fincas, se incautó 73,285 kilos de carne vacuna, 82 caravanas SNIG, 4 chips, un cuero vacuno y un celular, entre otros elementos.
En aquella oportunidad, las personas indagadas fueron emplazadas, y tras varias instancias citadas nuevamente a la sede, donde luego de las instancias respectivas, la Justicia Letrada de 2do. Turno de Chuy dispuso la condena de C.B.N.C., de 47 años, como coautor penalmente responsable de “un delito de faena clandestina” a la pena de seis meses de prisión, la condena de C.V.S.R., de 39 años, y de M.D.C.S.C., de 39 años como autoras penalmente responsable de “un delito de receptación agravado” a la pena de siete meses
de prisión, y de L.R.M.C., de 41 años, como autor penalmente responsable de “un delito de receptación agravado” a la pena de ocho meses de prisión; y en virtud de la calidad de primarios absolutos de los imputados se acordó que las respectivas penas sean cumplidas en Régimen de Libertad a Prueba, sujeta a determinadas condiciones, en el marco de “Proceso Abreviado”.