El Gobierno de Rocha intima públicamente a los propietarios de terrenos baldíos a que, en un plazo de 90 días a partir de la fecha, procedan a limpiar y retirar los residuos. Esto se concreta a partir de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible artículo 37 y amparados en el artículo 135 de Presupuesto Quinquenal vigente.
El intendente departamental resolvió emplazar por edicto a los propietarios y/o poseedores a cualquier título de inmueble urbano baldío a llevar adelante la limpieza y que el no cumplimiento de este plazo, que está en vigencia, será considerado una autorización tácita para que los funcionarios de la Dirección de Gestión ambiental ingresen a realizar la limpieza, con cargo a la tasa que fue creada en el artículo 135 del Prepuesto vigente .