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Casos de hackers obligan a la justicia a decretar prisión preventiva para que no sigan cometiendo delitos

La decisión de enviar a prisión preventiva al ...

Casos de hackers obligan a la justicia a decretar prisión preventiva para que no sigan cometiendo delitos

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La decisión de enviar a prisión preventiva al hacker que ingresó y sustrajo información de las páginas de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (Dinacia), el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) y la empresa Buquebus, causó sorpresa en el ámbito judicial, sobre todo entre las defensas. Se supo también que el año pasado había hackeado el sitio web del shopping de Las Piedras y del Ministerio de Salud Pública (MSP).

Al tratarse de una persona que es primaria absoluta y joven (tiene 18 años), sumado al tipo de delitos cometidos, se encuentra dentro de los casos que se suelen cerrar con proceso abreviado y una pena alternativa a la cárcel, como libertad a prueba.

Sin embargo, en este caso la fiscalía de Flagrancia de 13° turno, representada por Lucía Nogueira y Andrea Fuentes, solicitó como medida cautelar la prisión preventiva por 180 días, que cesará el 25 de setiembre. Además se pidió el plazo máximo de prisión preventiva que se suele aplicar que son seis meses, sin perjuicio de que luego pueda ser extendida.

Según supo El Observador, la jueza de garantías de Penal de 42° turno, Viviana Galleito aceptó los argumentos de las fiscales para aplicarle la prisión, basado en los riesgos procesales que contempla el Código del Proceso Penal entre los que están frustrar la investigación.

En este caso se argumentó que, justamente al tratarse de un hacker, si permanecía en su casa podría bloquear prueba y alterar la investigación.

Un argumento similar fue utilizado por la jueza de garantias Marcela Vargas al disponer que el titular del Grupo Larrarte, Jairo Larrarte, fuera enviado a prisión preventiva por 120 días. Al fundamentar su decisión, la magistrada dijo que se trata de un hombre joven y "brillante" que maneja la tecnología y desde su casa tendrá acceso a medios electrónicos y puede llegar a movilizar losUS$ 12 millones que desaparecieron del dinero de los inversores.

De este modos, los defensores entienden que en los casos de grandes estafas está cambiando la forma de castigar esos delitos y que estos casos sientan un precedente.

En la audiencia del caso del hacker se habló además de las conexiones internacionales que tiene este tipo de personas, y que el caso tiene un trasfondo económico porque quiénes están detrás de esa actividad “sacan plata y mucha”.

Se señaló que detrás de jóvenes hackers como el imputado operan grupos internacionales –están en todas partes del mundo, se afirmó- que pagan pequeñas cantidades a muchas personas para que obtengan información sensible de páginas tanto privadas como de organismos oficiales.

En la medida en que van burlando los sistemas informáticos, se posicionan y obtienen prestigio dentro de la organización. De ahí también la idea de elegir al presidente Yamandú Orsi como blanco de insultos. En el caso del joven imputado, dijo que no hackeó las páginas sino que republicó contenido.

Según se relató en la audiencia también se utilizan esos datos para cometer estafas y se mencionó el caso de verdaderos call centers que funcionan robando datos sensibles de las personas para luego cobrarles para que recuperen esos datos y casos en los que se llegó a estafar a 200 personas.

Los delitos y las penas

En este caso al hacker de 18 años se le imputaron tres de las figuras penales que fueron incluidas en la ley de delitos informáticos que se aprobó en agosto pasado, que fue impulsada en su momento por el diputado de Cabildo Abierto, Sebastián Cal.

En el caso concreto se tipificaron tres de los delitos informáticos: dos delitos de vulneración de datos agravado, un delito de acceso ilícito a datos informáticos y tres delitos de interceptación ilícita en calidad de autor.

La vulneración de datos se configura cuando una persona, empleando cualquier tipo de tecnología, accede, se apropia, utiliza o modifica información confidencial de terceros sin su autorización. El acceso ilícito a datos informáticos lo comete quien ingresa sin autorización a sistemas informáticos ajenos con el fin de obtener, manipular o difundir información contenida en ellos. En tanto, la interceptación ilícita se materializa en los casos de interceptación, total o parcial, de comunicaciones que se encuentran en tránsito a través de redes o sistemas informáticos.

Le pena prevista para estos delitos es de seis a 24 meses de prisión. No obstante la pena se ve agravada cuando se cometan con fines lucrativos, se ve afectada la ley de datos personales tutelados por la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, y que se trate de datos estatales o vinculados a infraestructuras críticas, situaciones que se dieron en este caso.

La Ley 20.327, de combate a la ciberdelincuencia prevé también que las instituciones de intermediación financiera y entidades emisoras de dinero electrónico puedan crear registros de personas involucradas en actividades ilícitas en el ciberespacio. Esas entidades quedarán exoneradas del secreto bancario, por lo que podrán compartir entre ellas y con las autoridades competentes sus registros a fin de realizar denuncias o gestiones para prevenir y mitigar ciberdelitos.

Según datos del Ministerio del Interior, en el año 2024 (la ley está vigente desde agosto), se presentaron 40 denuncias por los delitos que se le imputaron al hacker. No figuran en ese año imputaciones por delitos informáticos.

Fuente: https://www.elobservador.com.uy/nacional/casos-hackers-obligan-la-justicia-decretar-prision-preventiva-que-no-sigan-cometiendo-delitos-n5994346

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