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El periodista Sebastián Cabrera (El País) narró que pasó una tarde entera en la comisaría, donde fue interrogado por los policías sin aviso previo a la Fiscalía, por una denuncia de difamación. En esa misma nota, el ministro del Interior, Carlos Negro, dijo que no estaba al tanto del caso, explicó la justificación legal respaldaba el accionar policial, y recordó que en su época de fiscal siempre fue contrario a tramitar denuncias por difamación contra periodistas, salvo real malicia manifiesta. "Pero ese es otro cantar y la Policía no tiene ese poder de decisión”.

Palabras similares expresó el director nacional de la Policía, José Manuel Azambuya, cuando en radio Sarandí defendió el accionar de sus fuerzas y dio a entender que al periodista se le hizo un favor por permitirle ser interrogado en Montevideo en lugar de en Piriápolis, donde el denunciante (Richard Tesore, que rescata fauna marina en Punta Colorada y había sido cuestionado por vecinos y científicos) radicó la denuncia por difamación.

Casi 20 días después de publicada la crónica sobre el mal momento y la presión que padeció el periodista Cabrera en la comisaría, el ministro Negro reconoció a El Observador que hubo una mala praxis, y dijo que su cartera está elaborando un protocolo sobre cómo actuar en casos de difamación.

Negro —que quedó en reunirse “próximamente” con representantes de la Asociación de la Prensa Uruguaya— había dejado sentado en su época de fiscal: “En las denuncias a periodistas los fiscales deben archivarlas sin citarlos salvo real malicia”. Y dice que sigue sosteniendo lo mismo por más cambios jurídicos que introdujo la LUC.

La Fiscalía de quinto turno de Maldonado, a quien le llegó el caso cuando el interrogatorio a Cabrera ya había sido hecho por la policía, fue por una línea similar, archivó la denuncia y justificó: “No existieron elementos que indicaran la configuración de delito de difamación, al no surgir de los hechos la real malicia requerida. La Fiscalía entendió que se trata de un hecho de escasa entidad que no ataca gravemente el orden público, indicando que se deberá recurrir a la vía judicial correspondiente a efectos de hacer valer el derecho de respuesta solicitado”.

No es que los periodistas tengan fueros. Se supone que cumplen un rol, que va ligado a derechos fundamentales —como el derecho de la sociedad a informa e informarse— y, por tanto, existe cierta protección legal a que esa función se pueda ejercer. Por eso mismo la Institución Nacional de Derechos Humanos tomó el caso de oficio: enseguida entendió la gravedad que implicaba para la democracia el precedente (aunque no es la primera vez que ocurre). Y, sobre todo, porque puede generar que otros periodistas se autocensuren.