Informe jurídico encargado por comisión del Senado sugiere archivar la denuncia contra Andrés Ojeda
El informe jurídico de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo, encargado por la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores, sugiere archivar la denuncia presentada contra el colorado Andrés Ojeda por haber ejercido como abogado siendo legislador.
Además, los abogados Germán Rosas Barón y Rosa Giacosa, redactores del informe con fecha del 14 de enero, señalaron que la comisión no es la competente para tramitar esta denuncia contra Ojeda, porque el asunto debería encauzarse como un juicio político a instancias de un miembro del Senado y en la cámara.
Según la opinión de estos expertos, que fue solicitada por la Comisión de Constitución y Legislación, el convencional colorado que denunció a Ojeda carece de legitimación activa para solicitar la expulsión del legislador.
Los abogados redactaron un proyecto de resolución –al que accedió El Observador– sugiriendo a la comisión archivar el tema.
"Se concluye que el ordenamiento constitucional uruguayo no prevé la acción popular directa para promover la pérdida de investidura de un legislador, reservando dicha potestad a los mecanismos de control internos del cuerpo o a la iniciativa de sus miembros", señala el texto del proyecto, informado en primera instancia por El País.
También sugiere que la Comisión de Constitución y Legislación "carece de potestad para decretar por sí misma la 'pérdida inmediata' del cargo legislativo solicitada por el denunciante, correspondiendo tal decisión, en su caso, al Plenario de la Cámara por las mayorías constitucionales especiales mediante el procedimiento que se adopte".
Por todas esas razones, la división jurídica sugiere archivar las actuaciones.
El caso contra Ojeda comenzó en noviembre pasado, cuando se conoció que la fiscal Sylvia Lovesio había señalado en una audiencia que Ojeda incumplió la Constitución por haber presentado en octubre, en su calidad de abogado penalista, un escrito solicitando el reexamen de una causa judicial iniciada en 2022 y archivada tiempo después.
La Constitución establece en el artículo 214 que los senadores y diputados no podrán durante su mandato "tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la Administración Central, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados”. Dentro de este último grupo entra la Fiscalía General de la Nación, que desde 2015 es un servicio descentralizado.
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