Escuchar artículo

El Parlamento uruguayo tiene en el “debe” ratificar el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), recordó el PIT-CNT en un acto del 1° de mayo tres años atrás, cuando reclamó que se limiten los despidos sin causa justificada. Esa vieja reivindicación sindical no prosperó durante los anteriores gobiernos del Frente Amplio ni tampoco durante el de la coalición.

La idea había cobrado fuerza en 2016 a propuesta del senador comunista y exdirigente del Sunca, Óscar Andrade. Incluso ese año la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de minuta donde se solicitaba al gobierno de Tabaré Vázquez que evaluara la adhesión a ese convenio, pero sin éxito.

Otro antecedente data de 2023, cuando una iniciativa de los legisladores Andrade y José Nunes propuso que el empleador tuviera que justificar el despido de un trabajador por escrito y dar preaviso con una antelación de 15 días, pero tampoco llegó a considerarse en el Parlamento (ver recuadro final).

Tras el cierre de empresas como Yazaki, UKG y Cla Sienz en 2025, el ministro de Trabajo, Juan Castillo, reflotó la iniciativa. La cartera tiene listo un proyecto para que el Poder Ejecutivo promueva ante el Parlamento la ratificación del Convenio 158, con vistas a su posterior reglamentación.

La iniciativa “está en trámite interno a nivel de otros ministerios competentes” y se enviará al Poder Legislativo cuando Presidencia lo determine, dijo este miércoles el subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, Hugo Barreto, en el programa Así Nos Va.

Los principales puntos del Convenio 158 El Convenio 158 de la OIT, aprobado en 1982, establece que un trabajador no podrá ser despedido sin una causa justificada, ya sea vinculada a su capacidad o conducta, o a necesidades de funcionamiento de la empresa, como reestructuras, innovaciones tecnológicas o pérdida de mercados.

También reconoce el derecho del trabajador a recurrir el despido ante un organismo neutral —como un tribunal laboral o una instancia arbitral—. Si ese ámbito concluye que la desvinculación fue injustificada, podrá anularla y disponer la readmisión cuando la legislación nacional lo permita; en caso contrario, deberá ordenar el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere apropiada.

En casos de despidos por razones económicas, tecnológicas o estructurales, el empleador deberá informar previamente a los representantes de los trabajadores, abrir una instancia de consulta y notificar a la autoridad competente —en Uruguay, el Ministerio de Trabajo—, detallando los motivos, la cantidad de empleados afectados y el período previsto para los ceses. Además, deberá analizar posibles medidas para evitar o mitigar las desvinculaciones. El impulso del ministro Castillo a la ratificación image

El ministro Castillo, defendió la iniciativa y señaló que el gobierno está “cumpliendo con lo que el Parlamento pidió en 2016”, en alusión a la minuta aprobada ese año para evaluar la adhesión al convenio. Recordó además que algunos legisladores cuestionaron públicamente la propuesta pese a haber respaldado aquella moción.

“El transcurso de la gestión nos fue dando señales de que hay que legislar y reglamentar. ¿Qué son los trabajadores de este país? ¿Ciudadanos de segunda o tercera categoría? ¿No somos dueños también de saber qué va a pasar con nuestro destino? (…) Así como el empleador reclama que en cada convenio se establezca una cláusula de anuncio de conflicto, es lógico también que comunique si piensa en despedir masivamente o retirarse del país. Si tuviéramos ese instrumento hoy, capaz que alguna empresa no se hubiese ido”, afirmó en entrevista con El Observador semanas atrás.

Barreto: foco en las multinacionales

Barreto sostuvo que lo que se pretende con el proyecto es que esa conducta de tipo voluntario que tienen muchísimas empresas de preavisar tenga carácter general y obligatorio, y “con mayor medida para las empresas multinacionales”.

“Estamos ante empresas extremadamente poderosas y con dificultades de gobernanza de este tipo de situaciones, que son mucho más controlables, más domésticas y fácilmente manejables en casos de empresas con capital nacional”, dijo.

Además de los resultados que puede generar el preaviso, la propuesta apunta también a promover un manejo “más transparente” de este tipo de situaciones.

Señaló que Uruguay realiza esfuerzos reiterados para atraer inversiones y otorgar facilidades a las empresas, tanto desde el punto de vista tributario como en otros aspectos.

Sin embargo, cuestionó que en algunos casos “el único compromiso” que finalmente asumen las empresas “es retirarse cuando ya no les sirve el negocio”, sin considerar los marcos políticos, económicos y tributarios que el país pone a disposición.

Qué países ratificaron el convenio 158

El convenio ha sido ratificado hasta la fecha por solo 36 países en todo el mundo. Entre ellos se encuentran España, Francia, Portugal, Suecia, Finlandia y Luxemburgo, así como Australia y Turquía, entre otros.

En la región, el único que lo hizo fue Venezuela, en 1985. Brasil lo firmó inicialmente, pero lo denunció en 1996. Otros 151 países miembros de la OIT no han dado pasos a favor del acuerdo.

En otros casos, existen países que no han ratificado el Convenio 158, pero que igualmente incorporan en su legislación interna —ya sea en sus códigos de trabajo o en la propia Constitución— obligaciones similares, especialmente en lo que refiere a la exigencia de causas justificadas para la ruptura del vínculo laboral, aunque no necesariamente en materia de preaviso.

El rechazo de los empleadores

Las cámaras empresariales rechazan históricamente la suscripción del convenio. Entienden que introduce restricciones al despido y puede derivar en situaciones de inamovilidad, además de rigidizar el mercado laboral y limitar la libertad del empleador para prescindir de un trabajador sin invocar causa.

Expertos laboralistas también han señalado que su aprobación implicaría cambios que podrían dificultar las desvinculaciones.

Si el proyecto finalmente ingresa al Parlamento, se abrirá un debate sobre hasta dónde regular los despidos y qué impacto tendrá en las relaciones laborales. La discusión no solo enfrentará al oficialismo con la oposición y a los sindicatos con las cámaras empresariales, sino que también podría exponer matices y diferencias dentro del propio gobierno.

Proyecto ya presentado sobre despido en el sector privado

Una iniciativa presentada en la legislatura anterior por los senadores Óscar Andrade (Partido Comunista) y José Nunes (Partido Socialista), se titula “Indemnización por despidos causales en el sector privado” y propone establecer límites y mayores garantías en los ceses laborales.

El texto dispone que los trabajadores no puedan ser despedidos sin causa justificada, entendiendo como tales las vinculadas a la capacidad o conducta del trabajador o a necesidades de la empresa.

Además, fija que la indemnización deberá pagarse dentro de los cinco días hábiles posteriores al cese —salvo casos de notoria mala conducta— y que el despido deberá notificarse por escrito, detallando los motivos y la fecha de efectividad.

El proyecto también incorpora un preaviso obligatorio de al menos 15 días y otorga al trabajador una licencia paga de seis horas semanales para buscar empleo.

Si el empleador incumple las formalidades o no expresa la causa, deberá abonar una indemnización doble.

Según los legisladores, el objetivo es “ajustar la normativa sobre despido” y limitar el poder “omnímodo” del empleador.