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El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno confirmó recientemente la sentencia que cerró el segundo juicio promovido por una exfuncionaria contra la Intendencia de Rocha, reafirmando un principio central del sistema judicial: no se puede litigar dos veces sobre el mismo asunto. El caso, que se extendió por más de cuatro años, expone no solo una disputa individual, sino también la relevancia de la seguridad jurídica en la gestión pública.

Un fallo que pone fin a una controversia prolongada

El pronunciamiento, fechado el 22 de octubre de 2025 y registrado bajo el número 464/2025, confirma la resolución de primera instancia de la jueza Hilide Dominioni (Juzgado Letrado de Rocha de 5º Turno), que había rechazado una nueva demanda presentada por Graciela Susana Núñez Pereyra, ex jefa del Departamento del Adulto Mayor de la Intendencia.
El Tribunal, integrado por Rosario Sapelli, Pablo Benítez y Patricia Hernández, entendió que la acción carecía de fundamento porque ya había sido objeto de un juicio anterior con sentencia firme.

En términos jurídicos, la decisión invoca la “cosa juzgada”, figura que impide volver a discutir un asunto ya resuelto por la Justicia. En este caso, el tribunal concluyó que los hechos, fundamentos y reclamos de la nueva demanda eran idénticos a los presentados en el primer juicio, tramitado bajo el expediente 342-340/2021.

De la gestión al conflicto judicial

Núñez había sido designada en 2020 como responsable del área de Adulto Mayor, dentro de la Dirección de Promoción Social, y cesada en julio de 2021.
Tras su desvinculación, presentó una demanda contra la Intendencia alegando un cese arbitrario y perjuicios económicos y morales.
El reclamo inicial fue desestimado en 2023 por la Justicia Laboral y luego confirmado por el Tribunal de Apelaciones de 3er Turno.

Pese a esa resolución firme, la exfuncionaria volvió a demandar en 2024, esta vez ante la Justicia Civil, alegando “hechos nuevos” y una prolongación del daño. El Tribunal, sin embargo, no halló elementos diferentes ni argumentos válidos que justificaran reabrir el caso.

La defensa institucional del Estado

Desde la Intendencia de Rocha, la defensa jurídica sostuvo que la nueva acción implicaba una duplicación de reclamos y atentaba contra la estabilidad de las decisiones judiciales.
El fallo de apelación respaldó plenamente esa posición, destacando la necesidad de proteger el principio de buena fe procesal y de evitar que los litigios reiterados erosionen la autoridad de los fallos judiciales.

En sus fundamentos, el Tribunal remarca que la “cosa juzgada” no solo protege a las partes involucradas, sino que resguarda la confianza pública en la Justicia y el uso responsable de los recursos del Estado.

“El respeto a las decisiones judiciales firmes no es solo una garantía para el Estado, sino un compromiso con el orden jurídico y con la ciudadanía que sostiene el sistema”, subraya la sentencia.

Más allá del caso: el mensaje de la Justicia

El desenlace de este conflicto reafirma la importancia de procesos administrativos claros, decisiones fundadas y mecanismos de control internos que eviten derivar en litigios prolongados y costosos.
Para el sistema institucional, el caso Núñez vs. Intendencia de Rocha deja un precedente sobre los límites de la reiteración procesal, pero también una lección sobre el equilibrio entre el derecho individual y la responsabilidad pública.

En un contexto donde las administraciones departamentales enfrentan crecientes desafíos legales y laborales, este fallo se convierte en una señal de respaldo a la seguridad jurídica y a la gestión responsable de los recursos públicos.

Un cierre con proyección institucional

La sentencia definitiva no solo cierra un expediente, sino que reafirma un principio básico de convivencia democrática: los conflictos deben resolverse dentro de las reglas, y una vez resueltos, respetarse.
En tiempos donde la desconfianza hacia las instituciones suele crecer, fallos como este refuerzan la credibilidad del sistema judicial y la estabilidad del Estado de Derecho.

La Justicia habló, y su mensaje trasciende el caso concreto: el respeto a la ley y la solidez institucional son pilares que no se negocian.

Antecedentes: la polémica que precipitó su salida en 2021

El conflicto que años después derivaría en una disputa judicial tuvo su punto de origen en junio de 2021, cuando Susana Núñez, entonces responsable del Departamento del Adulto Mayor y Discapacidad de la Intendencia de Rocha e integrante de Cabildo Abierto, presentó su renuncia tras la difusión de una publicación en redes sociales que generó amplio rechazo político y social.

En su cuenta personal de Facebook, Núñez escribió un mensaje de reivindicación del fallecido militar José “Nino” Gavazzo, procesado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura uruguaya.
En la publicación, sostuvo que Gavazzo fue condenado “en calidad de presunto autor penalmente responsable de un delito continuado de privación de libertad”, y agregó:

“Presunto: que se supone o sospecha aunque no está demostrado. No se demostró. ¿Seguirán muriendo por suposiciones? Sin pruebas pero hay que condenarlos porque nos ayudaron a vivir libres de dictaduras comunistas. Ya falleció. ¡Descanse en paz!”

Las expresiones de Núñez, difundidas poco después del fallecimiento de Gavazzo el 26 de junio de 2021, desataron una inmediata reacción política en el ámbito departamental.
Los ediles del Frente Amplio repudiaron públicamente las declaraciones y se disponían a presentar una carta al Ejecutivo Departamental exigiendo su separación del cargo.

En la nota, los representantes de la oposición manifestaron:

“Repudiamos y rechazamos contundentemente las declaraciones realizadas. Como representantes de una fuerza política que cree, defiende y ha dado pruebas de respeto por la democracia, la república y la independencia del Poder Judicial, solicitamos la dimisión de la Directora de la Oficina del Adulto Mayor y Discapacidad”.

Los ediles señalaron además que la jerarca había “enaltecido la figura del militar más condenado por delitos de lesa humanidad” y puesto en duda la actuación del Poder Judicial en las causas que lo imputaron por 30 homicidios muy especialmente agravados y la desaparición de 197 personas.

Ante la presión política y el rechazo transversal generado por sus declaraciones, Núñez presentó su renuncia, la cual fue aceptada por el intendente Alejo Umpiérrez.
De esa decisión —que marcó el cierre de un episodio institucionalmente sensible— se desprenderían, tiempo después, las acciones judiciales que dieron origen al fallo ahora confirmado por el Tribunal de Apelaciones.

Autor: ROCHAALDIA.COM