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En la Cámara de Representantes, el diputado colorado Walter Verri presentó recientemente un proyecto de ley con el objetivo de "actualizar y fortalecer" el marco jurídico de Uruguay en relación con la protección de los animales, sancionando con "mayor rigor" actos de maltrato animal.

En diálogo con El Observador, el colorado explicó que la idea de impulsar esta iniciativa surgió en el marco de los reclamos de la sociedad civil por una "respuesta jurídica" ante al abuso contra los animales.

"Lamentablemente, el sistema político aún no ha logrado compatibilizar la estructura del Código Penal con reconocer una figura que castigue el maltrato contra los animales. Y eso es lo que intentamos hacer", dijo.

De acuerdo con el legislador, esta propuesta permitirá que el país "avance" en lograr una legislación penal que proteja a los animales.

"Uruguay siempre fue un país de avanzada, no debemos quedarnos atrás. Tenemos que trabajar para avanzar y tipificar como delito la crueldad contra los animales", afirmó, y remarcó que el país tiene "mucho por hacer" en esta materia.

Para el diputado, esto va más allá de cualquier "fundamentalismo", ya que se trata de "reconocer" que en el "mundo desarrollado" no se aceptan "cualquier práctica contra los animales".

"Tenemos que avanzar mucho más rápido en materia de legislación y de sanciones a quienes no cumplen la norma", afirmó.

El proyecto de ley busca modificar dos artículos - incluidos en la Ley N.º 9.155 del Código Penal y uno en la Ley N.º 18.471 sobre la protección, bienestar y tenencia de animales.

En cuanto al Código Penal, la propuesta sugiere incluir un inciso en el artículo 288, que sanciona con entre tres meses de prisión a tres años de penitenciaría a quienes mediante la violencia o la amenaza obligue a otro a hacer "tolerar o dejar de hacer alguna cosa".

Vierri en este caso propone que la sanción se aplique también cuando el "daño se ejerza mediante la lesión grave o la muerte" a un animal de compañía con el fin de "causarle un perjuicio significativo a una persona o al propio animal".

Después, plantea añadir al artículo 358, el cual castiga con de 20 a 900 unidades reajustables -de $ 36.781 a $ 1.655.172- quienes destruya, deteriore o inutilizare alguna cosa mueble o inmueble ajena, que la multa sea sustituida con una pena de tres a 24 meses de prisión cuando el delito de daño se cometiera "mediante la lesión grave o la muerte de un animal de compañía".

"La pena establecida en este inciso podrá ser elevada de la mitad a dos tercios del máximo cuando concurran circunstancias que denoten la especial gravedad del hecho o la mayor peligrosidad del agente, manifestada por el medio empleado para causar el daño", explica el proyecto.

Finalmente, en cuanto a la Ley N.º 18.471, el diputado colorado propone modificar el artículo 16 literal N) para que quede redactado de la siguiente forma: "Recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de maltrato y abandono de animales, sin perjuicio de actuar de oficio cuando corresponda, incluyendo la facultad expresa de presentar la denuncia penal o administrativa por el maltrato o daño realizado, tanto si los autores y tenedores del animal son conocidos como si fueran desconocidos, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes".